Informacion de interes

Información de interes

envios. valor aduanal.

De acuerdo a la nueva resolución de la ADUANA DE CUBA que se comenzó a aplicar el 1 de septiembre del 2014 los envíos de misceláneas hasta 1,5 KG o de artículos cuyo valor aduanal sea menor o igual a 30.00 pesos

NO PAGAN AL SER RECIBIDOS EN CUBA

Los Cubanos que se encuentren en el exterior y aun posean su estatus de RESIDENTES EN CUBA tienen derecho a enviar LA CARGA NO ACOMPAÑANTE en su entrada al país lo cual pueden consultar y realizar en nuestras oficinas .

En caso de resultar la PRIMERA entrada a Cuba en el año natural o no haber sobrepasado en una primera entrada el valor de 300.00 Pesos, abonarà el importe de la misma en PESOS CUBANOS.

CAPÍTULO 03- PRODUCTOS FOTOGRÁFICOS Y CINEMATOGRÁFICOS.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Cámaras fotográficas.Unidad260
2.Cámara de video.Unidad2100
3.Memorias de cámaras. Unidad520
4.Películas fotográficas en rollos sensibilizados para fotografiar.Unidad510
5.Datashow y similares.Unidad2100
6.Partes, piezas y accesorios de productos fotográficos (trípodes, lentes, fotómetros, ampliadora, equipos de iluminación).Unidad10*100
7.Portarretratos.Unidad55
8. Álbumes de fotosUnidad410
9.Papel fotográfico.Unidad1003
CAPÍTULO 04- PINTURAS, BARNICES Y ARTÍCULOS DE FERRETERÍA.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Pinturas y barnices.Litro10*4
2.Pigmentos, colorantes y tintas.Unidad10*3
3.Velas.Unidad300,5
4.Parafina.Kg.31
5.Pastas para molodear.Kg.3*1
6.Aparatos de medición y precisión (cintas métricas, niveles, multímetros, voltímetros, similares).Unidad1 c/u10
7.Interruptores – Tomacorrientes.Unidad10*3
8.Cables de electricidad.Metro151
9.Bombillos y tubos fluorescentes.Unidad10*1
10.Faroles (no eléctricos).Unidad53
11.Candados, cerraduras, picaportes y demás mecanismos de cierre.Unidad5*10
12.Electrodos.Kg.51
13.Artículos de oficina, bolígrafos, plumones, lápices, repuestos, presilladoras, ponchadoras, saca presillas y similares, etc.Unidad30*0,5
14.Papel para impresos.Millar1020
15.Fosforeras y encendedores de cualquier tipo.Unidad10*1
16.Piedras de fosforeras.Kg.0,550
17.Sombrillas o paraguas.Unidad5*8
18.Pegamentos, colas y los demás artículos para pegar o sellar.Unidad10*2
19.Lámparas eléctricas de señalización y alumbrado.Unidad520
20.Linternas.Unidad33
21.Pilas o baterías.Unidad20*0,5
22.Baterías para móviles, teléfonos inalámbricos y walkie talkie.Unidad5*10
23.Pinceles, brochas y rodillos.Unidad5*3
24.Grapas, tachuelas, clavos, cáncamos, puntillas, tuercas, tornillos, arandelas y similares.Kg.5*5
25.Tanques de agua.Unidad180
26.Mangueras.Metro155
27.Escaleras domésticas.Unidad130
28.Timbres.Unidad210
29.Alarmas contra intrusos.Unidad160
30.Sistema de vigilancia.Unidad1400
31.Puertas.Unidad2100
32.Ventanas.Unidad450
33.Taza de baño.Unidad150
34.Lavamanos con o sin pedestal.Unidad140
35.Bañaderas.Unidad1200
36.Válvulas (Pilas de agua).Unidad33
37.Jacuzzi.Unidad11000
38.Llaves mezcladoras para fregaderos o duchas.Unidad220
39.Revestimiento para suelo, techos y paredes (linóleos y similares).Metro²20*50
40.Alfombras y similares.Metro20*10
41.Tiendas de campaña y toldos.Unidad2*100
42.Los demás artículos de ferretería.Unidad5*30
CAPÍTULO 09 – ÚTILES PARA EL HOGAR.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Juegos de cuchillos y cubiertos de mesa, de cualquier material:            –De 4 comensales                                  –De 6 comensales                                           –De 12 comensalesUnidad2*                     8,00                  15,00                25,00
2.Cuchillos y cubiertos de mesa, de cualquier material.Unidad6 c/u1
3.Juegos de útiles de cocina (cucharones, espumaderas, etc.).Unidad210
4.Balones para Gas (excepto con gas freón)Unidad1*60
5.Reguladores de gas.Unidad110
6.Medidores.Unidad24
7.Filtros de agua.Unidad240
8.Repuestos para filtros.Unidad15
9.Escobas, cepillos, recogedores y haraganes.Unidad5*4
10.Platos, Tazas, Vasos y similares.Unidad18*1
11.Vajilla. Servicio de mesa y cocina.Juego1*60
12.Termos.Unidad210
13.Juego de neveras plásticas portátiles.Juego180
14.Neveras plásticas portátiles.Unidad150
15.Marquetería, cofres, cajas, estuches de joyería y similares.Unidad10*8
16.Objetos de adornos.Unidad10*10
17.Envases y jabas.Docena21
18.Envolturas de cualquier material para alimentos.Unidad1*6
19.Perchas.Docena25
20.Tendederas.Unidad215
21.Cordeles para tendederas.Metros204
22.Cestos (para ropa y productos desechables)Unidad25
23.Cubos.Unidad23
24.Palanganas.Unidad22
25. Escurridores de platos.Unidad23
26.Zapateras.Unidad210
27.Vianderos.Unidad210
28.Espejos.Unidad215
29.Los demás útiles para el hogar.Unidad230
CAPÍTULO 10 – EFECTOS ELECTRODOMÉSTICOS, INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Planchas eléctricas domésticas.Unidad210
2.Refrigeradores domésticos.Unidad2300
3.Congeladores o freezer domésticos.Unidad2350
4.Dispensadores de agua.Unidad250
5.Minibar.Unidad2150
6.Cocina y hornos de gas.Unidad280
7.Cocina y hornillas eléctricas de vitrocerámica por inducción.
De inducción (hasta 2 focos)Unidad2*100
De inducción (hasta 4 focos)200
De inducción (más de 4 focos)500
8.Horno microonda.Unidad250
9.Implementos no eléctricos para cocción (calderos, ollas, cazuelas, sartenes).Unidad6*15
10.Parrillada.Unidad140
11.Grill.Unidad150
12.Sarténes eléctricos.Unidad220
13.Ollas arroceras eléctricas.Unidad220
14.Ollas vaporeras eléctricas.Unidad220
15.Ollas multifunsión eléctricas.Unidad225
16.Freidora eléctrica.Unidad240
17.Sandwichera eléctrica.Unidad230
18.Tostadora eléctrica de pan.Unidad220
19.Máquinas lavadoras/secadoras.Unidad2*100
20.Máquina de coser, tejer y bordar.Unidad2*40
21.Secador o rizador / plancha de pelo.Unidad3*20
22.Secador (para cabellos) de pie.Unidad160
23.Máquina de pelar eléctricaUnidad220
24.Aspiradora.Unidad240
25.Duchas eléctricas.Unidad230
26.Calentadores eléctricos de aguaUnidad270
27.Cafetera eléctrica.Unidad215
28.Batidora.Unidad220
29.Licuadora.Unidad215
30.Procesador de alimentos.Unidad220
31.Picador de especies.Unidad215
32.Mezcladoras.Unidad215
33.Molinos.Unidad220
34.Televisores convencionales.Unidad270
35.Televisores pantalla plana hasta 32 pulgadas (LCD, Plasma, LED, otras tecnologías similares).Unidad2*250
36.Televisores pantalla plana mayores de  32 pulgadas y hasta 42 pulgadas (LCD, Plasma, LED, otras tecnologías similares).400
37.Televisores pantalla plana mayores de  42 pulgadas (LCD, Plasma, LED, otras tecnologías similares).500
38.Radio de bolsillo, mesa o radio reloj.Unidad2*10
39.Equipos de música de cualquier tipo.Unidad2*100
40.Teatro en casa o similares.120
41.Reproductor de video.Unidad230
42.Consolas de video juegos.Unidad2250
43.Ventiladores.Unidad220
44.Acondicionadores de aire hasta 3/4  toneladas.Unidad2*150
45.Acondicionadores de aire mayor de 3/4 hasta 1 tonelada.200
46.Equipos de calefacción (estufas o similares).Unidad1200
47.Partes y piezas de equipos electrodomésticos, cocina y del hogar.Unidad2*10
48.Microcomputadora completa.Unidad2*200
49.MIcrocomputadora portátil (Laptop).250
50.Table PC.150
51.Mini laptop.100
52.Notebook.Unidad260
53.Dispositivos de almacenamiento, memorias, ipod, mp3, mp4, y similares.Unidad2 c/u*15
54.Torre de computadora.Unidad1100
55.Procesadores.Unidad150
56.Memorias RAM.Unidad220
57.Disco duro incluyend el HDD player.Unidad2*60
58.Lector o quemador de CD o DVD.Unidad110
59.Monitor de computadora.Unidad150
60.Backup (UPS).Unidad130
61.Mouse.Unidad110
62.Teclado.Unidad120
63.Scanner.Unidad160
64.Tarjeta de video.Unidad140
65.Tarjeta de red.Unidad115
66.Tarjeta de sistema (motherboard).Unidad160
67.Las demás partes, piezas y accesorios de computadoras.Unidad5*50
68.Impresoras de cualquier tipo.Unidad2100
69.Discos compactos vírgenes (CD y DVD).Unidad501
70.Discos compactos grabados (CD y DVD).Unidad502
71.Teléfonos.Unidad2*10
72.Teléfonos inalámbricos que operen en las siguientes bandas:    – de los 43.710 a 49.980 mhz.               – de los 1.910 a 1.930 ghz.                        -de los 2.400 a 2.4835 ghz.                   -de los 5.725 a los 5.875 ghz.40
73.Teléfonos celulares gama baja.Unidad2*30
74.Teléfonos celulares gama media.60
75.Teléfonos celulares gama alta.120
76.Partes, piezas y accesorios de celulares.Unidad2*10
77.Intercomunicadores domésticos.Unidad110
78.Pizarras telefónicas de todo tipo.Unidad1300
79.Fotocopiadoras.Unidad2250
80.Fax alámbrico.Unidad1100
81.Equipo de fax inalámbricos.Unidad1150
82.Micrófonos inalámbricos y sus accesoriosUnidad2*50
83.Calculadoras y contadoras.Unidad215
84.Partes, piezas y accesorios de impresoras y fotocopiadoras.Unidad5*50
85.Los demás aparatos y máquinas de oficina.Unidad2*50
86.Dispositivos para redes de datos (routers y switches)Unidad1100
87.Tranceptores de radio, equipos de estaciones fijas, móviles y personales (walkie – talkie).Unidad180
88.Plantas eléctricas.
Hasta 900 vatios.Unidad1*200
Mayores de 900 va hasta 1500 va.500
Mayores de 1500 va hasta 15 Kva.1000
89.Casco o armazón de refrigeradores, freezers y aires acondicionados con todos los componentes excepto el compresor.Unidad1*250
90.Casco o armazón de equipos electrodomésticos.Unidad1*50
 91.Otros tipos de motores de equipos electrodomésticos.Unidad2*20
92.Compresores de refrigerador.Unidad250
93.Bombas de agua y compresores.Unidad2*50
94.Partes, piezas y accesorios de compresores y bombas.Unidad5*15
BISUTERIA Y RELOJES
1.Reloj de pulsera de hombre/mujer /niños.Unidad5*15
2.Partes y piezas de relojes (manillas, pines, baterías, coronas y similares).Unidad5*2
3.Artículos de orfebrería.Unidad10*70
4.Las demás manufacturas (cuentas para collares, piedras artificiales y similares).Kg.5*25
5.Bisutería (cadenas, anillos, aretes, prendedores, otros de fantasía).Unidad10*15
CAPÍTULO 14 – PARTES Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Baterías o acumuladores.Unidad135
2.Carburador.Unidad140
3.Delco (distribuidor).Unidad130
4.Guardafangos.Unidad440
5.Parabrisas.Unidad2150
6.Neumáticos para autos ligeros o pesados (con o sin cámara).Unidad4*60
7.Neumáticos para motos (con o sin cámara).Unidad335
8.Cámaras para neumáticos de autos ligeros o pesados.Unidad4*10
9.Cámaras para neumáticos de motos.Unidad35
10.Llantas para autos ligeros o pesados.Unidad4*60
11.Llantas para motos.Unidad335
12.Amortiguadores.Unidad415
13.Bobina de encendido.Unidad25
14.Cajas de velocidad.Unidad1120
15.Monochasis.Unidad335
16.Pizarra (con o sin relojes)Unidad1100
17.Defensas (delantera y trasera).Unidad2*50
18.Capó.Unidad180
19.Tapa maletero.Unidad180
20.Puertas.Unidad4100
21.Faroles.Unidad4*10
22.Bomba de aceite.Unidad120
23.Bomba de combustible.Unidad120
24.Bomba de agua.Unidad120
25.Bomba de cloche.Unidad120
26.Set de juntas.Unidad1*24
27.Juntas.Unidad122
28.Filtro de aire.Unidad22
29.Filtro de aceite.Unidad22
30.Aros.Unidad2410
31.Pasadores.Unidad82
32.Árbol de levas.Unidad120
33.Retenes.Unidad121
34.Funda de árbol de levas.Unidad115
35.Pistones.Unidad810
36.Camisa pistón.Unidad815
37.Cadenas.Unidad25
38.Correas y poleas.Unidad2 c/u5
39.Bombillos.Unidad101
40.Cigüeñal.Unidad180
41.Motor de arranque.Unidad140
42.Radiador.Unidad130
43.Alternador.Unidad140
44.Cajas de fusibles.Unidad110
45.Aceites y lubricantes para vehículos y motos.Litro10*2
46.Bujías.Unidad82
47.Sistema limpia parabrisas.Unidad130
48.Escobillas.Unidad34
49.Espejo retrovisor (interiores y exteriores).Unidad3*10
50.Indicadores de presión de neumáticos.Unidad115
51.Tiradores de puertas y seguros de cierres.Unidad58
52.Encendido electrónico.Unidad140
53.Sistema de clima para autos.Unidad170
54.Kit de frenos (mangueras, pastillas, discos).Unidad120
55.Barra estabilizadora.Unidad260
56.Puente delantero.Unidad1100
57.Radio reproductora CD o DVD para Auto.Unidad2*40
58.Los demás accesorios, partes y piezas de vehículos y motos.Unidad2 c/u*20
59.Butacas delanteras.Unidad260
60.Asiento trasero.Unidad180
61.Asiento para moto.Unidad150
62.Remolque o arrastre ligero sin auto-propulsión no mayor de 750 Kg.Unidad1300
63.Motores marinos que no excedan los 10 caballos de fuerza (HP)Unidad11000
CAPÍTULO 15 – JUGUETES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS Y DE RECREO.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Bicicletas.Unidad250
2.Bicicletas, patinetas y carriolas eléctricas.Unidad2*100
3.Ciclomotores con motor eléctrico.200
4.Batería para propulsión de bicicletas, patinetas, carriolas eléctricas y ciclomotores.Unidad3*50
5.Neumáticos de bicicletas.Unidad215
6.Llantas de bicicletas.Unidad215
7.Cámaras para neumáticos de bicicleta.Unidad25
8.Las demás partes, piezas y accesorios de bicicletas, bicicletas eléctricas, patinetas y carriolas eléctricas y ciclomotores eléctricos.Unidad10*10
9.Balsas y salvavidas.Unidad2*20
10.Piscinas.Unidad1200
11.Juegos inflables para uso doméstico.Unidad1950
12.Juguetes inflables para niños.Unidad55
13.Juguetes de propulsión eléctrica o no para ser montados por niños.Unidad2*30
14.Juguetes que funcionen con baterías, por control remoto, mecánicos, y similares.Unidad5*10
15.Muñecas.Unidad52
16.Juegos de mesa (parchís, ajedrez, damas, naipes, dominó)Unidad3*5
17.Los demás juguetes.Unidad10*20
18.Artículos para la práctica de deportes con pelota (bate, net, raquetas, careta, cascos, petos, guantes, guantillas).Unidad10*10
19.Artículos para la práctica de deportes náuticos (snorkel, aletas, caretas, tablas de surf).Unidad5*20
20.Los demás artículos para la práctica de deportes.Unidad5*10
ARTÍCULOS PARA FESTEJOS
21.Juegos de cubiertos, vasos y platos, desechables.Docena5 c/u5
22.Caretas, gorros, máscaras, antifaces, tiaras, silbatos.Unidad50 c/u5
APARATOS PARA REALIZAR EJERCICIOS EN CASA.
23.Hércules.Unidad1600
24.Caminadoras.Unidad1400
25.Escaladora.Unidad1400
26.Bicicleta estática.Unidad1400
CAPÍTULO 12 – INSTRUMENTOS MUSICALES.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Instrumentos de cuerda.Unidad260
2.Instrumentos de teclado.Unidad2200
3.Instrumentos de viento.Unidad2200
4.Instrumentos de percusión.Unidad2200
5.Caja de música.Unidad210
6.Reproductores DJ (Disk jake).Unidad1400
7.Mezcladores de sonido.Unidad1500
8.Partes, piezas y accesorios de instrumentos musicales y equipos de efectos de sonido.Unidad10*10
9.Los demás instrumentos musicales.Unidad2*300
CAPÍTULO 13 – MOBILIARIOS.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Juego de sala.Juego1*150
2.Juego de cuarto.Juego2*150
3.Juego de comedor.Juego1*120
4.Piezas de muebles (sillas, mesa, butaca, sillones, y similares).Unidad4*30
5.Sillas giratorias.Unidad230
6.Buroes.Unidad250
7.Mesa para computadoras.Unidad240
8.Libreros.Unidad260
9.Estantes.Unidad270
10.Cómodas y gaveteros.Unidad2100
11.Repisas.Unidad250
12.Colchones.Unidad250
13.Los demás muebles.Unidad3*150
CAPÍTULO 14 – PARTES Y ACCESORIOS PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Baterías o acumuladores.Unidad135
2.Carburador.Unidad140
3.Delco (distribuidor).Unidad130
4.Guardafangos.Unidad440
5.Parabrisas.Unidad2150
6.Neumáticos para autos ligeros o pesados (con o sin cámara).Unidad4*60
7.Neumáticos para motos (con o sin cámara).Unidad335
8.Cámaras para neumáticos de autos ligeros o pesados.Unidad4*10
9.Cámaras para neumáticos de motos.Unidad35
10.Llantas para autos ligeros o pesados.Unidad4*60
11.Llantas para motos.Unidad335
12.Amortiguadores.Unidad415
13.Bobina de encendido.Unidad25
14.Cajas de velocidad.Unidad1120
15.Monochasis.Unidad335
16.Pizarra (con o sin relojes)Unidad1100
17.Defensas (delantera y trasera).Unidad2*50
18.Capó.Unidad180
19.Tapa maletero.Unidad180
20.Puertas.Unidad4100
21.Faroles.Unidad4*10
22.Bomba de aceite.Unidad120
23.Bomba de combustible.Unidad120
24.Bomba de agua.Unidad120
25.Bomba de cloche.Unidad120
26.Set de juntas.Unidad1*24
27.Juntas.Unidad122
28.Filtro de aire.Unidad22
29.Filtro de aceite.Unidad22
30.Aros.Unidad2410
31.Pasadores.Unidad82
32.Árbol de levas.Unidad120
33.Retenes.Unidad121
34.Funda de árbol de levas.Unidad115
35.Pistones.Unidad810
36.Camisa pistón.Unidad815
37.Cadenas.Unidad25
38.Correas y poleas.Unidad2 c/u5
39.Bombillos.Unidad101
40.Cigüeñal.Unidad180
41.Motor de arranque.Unidad140
42.Radiador.Unidad130
43.Alternador.Unidad140
44.Cajas de fusibles.Unidad110
45.Aceites y lubricantes para vehículos y motos.Litro10*2
46.Bujías.Unidad82
47.Sistema limpia parabrisas.Unidad130
48.Escobillas.Unidad34
49.Espejo retrovisor (interiores y exteriores).Unidad3*10
50.Indicadores de presión de neumáticos.Unidad115
51.Tiradores de puertas y seguros de cierres.Unidad58
52.Encendido electrónico.Unidad140
53.Sistema de clima para autos.Unidad170
54.Kit de frenos (mangueras, pastillas, discos).Unidad120
55.Barra estabilizadora.Unidad260
56.Puente delantero.Unidad1100
57.Radio reproductora CD o DVD para Auto.Unidad2*40
58.Los demás accesorios, partes y piezas de vehículos y motos.Unidad2 c/u*20
59.Butacas delanteras.Unidad260
60.Asiento trasero.Unidad180
61.Asiento para moto.Unidad150
62.Remolque o arrastre ligero sin auto-propulsión no mayor de 750 Kg.Unidad1300
63.Motores marinos que no excedan los 10 caballos de fuerza (HP)Unidad11000
CAPÍTULO 15 – JUGUETES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS Y DE RECREO.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Bicicletas.Unidad250
2.Bicicletas, patinetas y carriolas eléctricas.Unidad2*100
3.Ciclomotores con motor eléctrico.200
4.Batería para propulsión de bicicletas, patinetas, carriolas eléctricas y ciclomotores.Unidad3*50
5.Neumáticos de bicicletas.Unidad215
6.Llantas de bicicletas.Unidad215
7.Cámaras para neumáticos de bicicleta.Unidad25
8.Las demás partes, piezas y accesorios de bicicletas, bicicletas eléctricas, patinetas y carriolas eléctricas y ciclomotores eléctricos.Unidad10*10
9.Balsas y salvavidas.Unidad2*20
10.Piscinas.Unidad1200
11.Juegos inflables para uso doméstico.Unidad1950
12.Juguetes inflables para niños.Unidad55
13.Juguetes de propulsión eléctrica o no para ser montados por niños.Unidad2*30
14.Juguetes que funcionen con baterías, por control remoto, mecánicos, y similares.Unidad5*10
15.Muñecas.Unidad52
16.Juegos de mesa (parchís, ajedrez, damas, naipes, dominó)Unidad3*5
17.Los demás juguetes.Unidad10*20
18.Artículos para la práctica de deportes con pelota (bate, net, raquetas, careta, cascos, petos, guantes, guantillas).Unidad10*10
19.Artículos para la práctica de deportes náuticos (snorkel, aletas, caretas, tablas de surf).Unidad5*20
20.Los demás artículos para la práctica de deportes.Unidad5*10
ARTÍCULOS PARA FESTEJOS
21.Juegos de cubiertos, vasos y platos, desechables.Docena5 c/u5
22.Caretas, gorros, máscaras, antifaces, tiaras, silbatos.Unidad50 c/u5
APARATOS PARA REALIZAR EJERCICIOS EN CASA.
23.Hércules.Unidad1600
24.Caminadoras.Unidad1400
25.Escaladora.Unidad1400
26.Bicicleta estática.Unidad1400
CAPÍTULO 16 – MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Baldosas, azulejos.Metro²506
2.Matajuntas.Metro²205
3.Cenefas.Metro²205
4.Manufacturas p/uso de construcciónUnidad50*6
5.Cemento gris/blanco.Bolsa*5*6
6.Otros cementos.Bolsa*3*5
7.Otros herrajes de cualquier tipo.Unidad10*3
8.Los demás materiales de construcción.Unidad10*5
CAPÍTULO 17 – HERRAMIENTAS.
ARTÍCULOSUMCant.V. Adu.
1.Juego de herramientas de mano.Juego1150
2.Herramientas de mano (alicates, cepillos metálicos, cutters, destornilladores, limas y escofinas, llaves ajustables, llaves allen, llaves fijas, llaves de tubo, de vaso, martillos y masas, tenazas, puntas y porta puntas, tijeras).Unidad10*5
3.Útiles intercambiables para máquinas herramientas eléctricas.Unidad55
4.Herramientas con motor eléctrico incorporado (afiladoras, atornilladores eléctricos y neumáticos, cepillos, clavadoras, decapadoras, grapadoras, lijadoras, martillos, remachadoras, roscadoras, sierras circulares, taladros).Unidad2*50
5.Cortadora de césped.Unidad1100

La Aerolínea AIR EUROPA en la que viaja nuestra carga considera Peligrosas las siguientes mercancías:

Baterías y/o Pilas recargables, NiCd, Litio, etc. Estas solo pueden ir como parte de un dispositivo, teléfono, etc y desconectados del mismo. Estos envíos deben ir INDEPENDIENTE de cualquier producto alimenticio, o medicinas.
Desodorantes, perfumes o medicamentos en forma de aerosol o spray
Productos inflamables como alcoholes, lejías, y otros líquidos
Productos tóxicos
Maquinaria que haya contenido combustible y la misma no venga certificada por un taller homologado (Motosierra de combustible, Generadores eléctricos, Tanque de moto o coches, etc.)

LOS ENVÍOS

NO PODRÁN CONTENER

· Artículos ocultos para burlar el control aduanero.

· Artículos de un mismo tipo que por su cantidad y con independencia del valor se presuma que tenga carácter comercial.

· Artículos cuyo valor, de forma individual o en su conjunto, exceda el límite de establecido para los envíos que es de 200 pesos

· Dinero en efectivo y valores de cualquier tipo.

· Pornografía u otros artículos que atenten contra la moral, las buenas costumbres o el orden interior.

· Artículos electrodomésticos cuya importación no esté permitida como son:

o acondicionadores de aire de más de 1 tonelada;

o cocinas y hornillas eléctricas, de cualquier tipo y modelo, salvo las de vitrocerámicas de inducción de hasta 1500 watts;

o hornos eléctricos, de cualquier tipo, modelo y capacidad, salvo los hornos microondas con un consumo de hasta 2ooo watts;

o resistencias eléctricas de cualquier tipo.

· Equipos que requieren aprobación previa de la Agencia de Control y Supervisión del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones:

o Equipos de fax inalámbricos;

o Pizarras telefónicas de todo tipo;

o Dispositivos para redes de datos (“routers” (enrutadores) y “switches” (conmutadores);

o Teléfonos inalámbricos, excepto los que operan en las bandas de 40-49 Mhz; 2,4Ghz; y de los 5Ghz.

o Micrófonos inalámbricos y sus accesorios;

o Transmisores de radio de cualquier naturaleza y servicio (radares, radiofaros, radioenlaces, buscadores de personas, de radiodifusión, equipos para telemedición, telemando);

o Transceptores de radio equipos de estaciones fijas, móviles y personales (walkie-talkie);

o Receptores de radio profesionales, (que difieran de los aparatos domésticos de radio y televisión;

o Estaciones terrenas y terminales de comunicaciones por satelites (incluye las estaciones receptoras, las antenas parabólicas, sus accesorios y los teléfonos satelitales).

OTRAS PROHIBICIONES ADUANERAS DE IMPORTACION

POR VIA AÉREA Y MARÍTIMA:

 

· ARMAS Y EXPLOSIVOS

 

· DROGAS Y ESTUPEFACIENTES.

 

· VALORES DE TODO TIPO.

 

· DINERO Y OTRAS FORMAS DE PAGO.

 

· SUSTANCIAS HEMODERIVADAS.

 

· LITERATURA PORNOGRAFICA.

 

· LITERATURA ANTICUBANA

 

· POR FITOSANITARIO: FRUTOS SECOS Y TURRONES CUANDO NO ESTEN EMBALADOS EN ENVASES ORIGINALES Y OTROS.

 

· VETERINARIA: EMBUTIDOS NO IDENTIFICADOS EN SU ENVASES EMBALADOS AL VACIO, QUESOS BLANDOS Y OTROS.

ARTICULOS DE ORIGEN ANIMAL Y VEGETAL PROHIBIDOS ENVIAR

(por las autoridades sanitarias, fitosanitarias y veterinarias):

 

· Frutas y Vegetales frescos. Cereales frescos (arroz, maíz, trigo, centeno, etc).

· Partes de plantas (hojas, ramas, flores, tallos, raíces, tubérculos, etc).

· Semillas botánicas y agámicas.

· Animales vivos o taxidermiados.

· Carnes congeladas, refrigeradas y frescas de cualquier especie. Embutidos y jamones.

· Productos biológicos (vacunas, medios diagnósticos, sueros) de uso animal.

· Productos lácteos sin marcas reconocidas o reenvasado.

· Medicamentos en envases no originales.

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